El pleno del Congreso aprobó el Decreto 12-2023, por medio del cual se exonera del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Derechos Arancelarios a las importaciones de bienes, suministros, donaciones e insumos que realiza la entidad Alianza Evangélica de Guatemala (AEG), destinados exclusivamente a los programas de beneficencia dentro del marco de sus respectivos estatutos, sus proyectos de asistencia social a favor de personas que se encuentran en pobreza y extrema pobreza.

Un predicador evangélico callejero en la Ciudad de Guatemala. 📷 Fernando Chuy

Esta nueva Ley representa el decreto 122 aprobado por la IX Legislatura, que por segundo año consecutivo es presidida por la presidente, Shirley Rivera.

Para conocer más del Decreto 12-2023, es importante establecer que dicha alianza de carácter religioso se dedica a apoyar con distintos proyectos a personas de escasos recursos, es por ello que mediante el Decreto 62-2008, Ley de Apoyo al Programa Bendición para Todos, se otorgó el beneficio antes descrito por un plazo de 5 años.

Seguidamente, la exoneración de impuestos fue ampliada por 10 años más, según lo establecido en el Decreto 10-2013, por lo que el vencimiento de ese plazo es en el presente 2023, y por medio del Decreto 12-2023, se otorga una nueva extensión por 15 años más.

Entre el impacto social alcanzado por las acciones de la AEG, se menciona que de 2013 a 2022, estos beneficios fiscales han contribuido para facilitar las importaciones de cuatro millones 14 mil 850 libras de alimentos; 342 mil 593 cajas de ropa y calzado; 122 mil 196 cajas de insumos médicos; 109 mil 825 cajas de insumos educativos; y 34 mil 533 insumos para infraestructura.

Con dichas importaciones, la AEG, benefició a 3 millones 384 mil 890 personas en pobreza y pobreza extrema en los 22 departamentos de la república. Específicamente, se ha brindado apoyo a familias, hospitales, niños, adultos, escuelas y comunidades, asimismo, se han entregado alimentos, ropa, medicamentos, útiles escolares, mochilas, juguetes, sillas de ruedas, muebles, camas, televisores, filtros para agua, vitaminas, equipo médico, entre otros bienes.

Además, es importante resaltar que, como medida de transparencia, el Artículo 2 del nuevo Decreto Legislativo, contempla que la correcta utilización del beneficio fiscal establecido será objeto de fiscalización por parte de la Contraloría General de Cuentas (CGC), y/o la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), según corresponda.