Anteriormente estos delitos no estaban tipificados en la Ley y por lo tanto no se podía dar persecución penal.

Gilmar Alexander Cuc, juez.

El Congreso de la República aprobó el Decreto 11-2022, que reformó el Código Penal en relación a delitos cometidos contra la niñez y adolescencia a través de medios tecnológicos.

Lo anterior surge como una respuesta ante los avances de las formas de comunicación y el uso tecnológico en la vida cotidiana, donde los más vulnerables son las personas menores de edad y su intimidad.

La normativa establece como nuevos delitos la seducción (acción de seducir) por el uso de las plataformas tecnológicas de información a niños, niñas y adolescentes; además, el chantaje sexual por medios tecnológicos. En ambos casos, con la nueva Ley, la pena por estos delitos asciende a entre 6 y 12 años de prisión.

Esto se da principalmente por el intercambio de fotografías o videos íntimos al que son inducidos algunos menores de edad por adultos que los contactan vía electrónica.

El abogado Gilmar Alexander Cuc, a cargo del Juzgado de Primera Instancia Penal de 24 horas con competencia específica para conocer delitos cometidos en contra de las niñas, niños y adolescentes del departamento de Guatemala, habló de la importancia de esta ley, su aplicación y adaptación en nuestra legislación nacional.

“Es muy importante que este tema se haya legislado. Anteriormente estos delitos no estaban tipificados en la Ley y por lo tanto no se podía dar persecución penal. Con esta acción se protege la libertad e indemnidad sexual de las niñas, niños y adolescentes”, indicó.

Además, resaltó que a partir del 12 de marzo del 2022, fecha en que entró en  vigencia el Decreto Legislativo 11-2022, se llevan a cabo procesos penales por estos dos nuevos delitos.

“Hay procesos que se están llevando a cabo por estos delitos y de igual forma el Ministerio Público tiene ya bajo investigación algunos de estos casos. El juzgado especializado contra la trata de personas también tiene competencia para conocer estos delitos”, dijo el juzgador.

Otro de los detalles importantes en torno a las reformas al Código Penal, es la importancia que las niñas, niños, adolescentes, sus padres o encargados, conserven las constancias de las conversaciones o mensajes que hayan sido enviados por los agresores, ya que será prueba fundamental como parte de un proceso penal.

En cuanto a protección, el profesional del derecho dio a conocer que, si se considera que los padres o encargados tienen algún tipo de responsabilidad en los hechos,  se busca la coordinación adecuada junto con Procuraduría General de la Nación (PGN), para que los menores sean ubicados de manera segura con otros familiares, asimismo se emiten las medidas necesarias junto con Policía Nacional Civil, para evitar que el agresor tenga algún acercamiento con la víctima.

“Los padres de familia deben estar atentos a los que sus hijos realizan a través de medios tecnológicos y dispositivos móviles, computadoras, entre otros con acceso a internet porque es a través de estas vías que las personas que solicitan este tipo de material -Principalmente fotografías o videos de índole sexual-”, expresó.

“Se disfrazan y se hacen pasar por otro menos de edad cuando realmente es un adulto. Las denuncias deben hacerse, nosotros hemos tenido casos donde incluso los maestros de colegios o institutos solicitan este tipo de material a sus alumnas”, agregó el juez.