Luego de que ayer se anunciara la suspensión provisional del partido Movimiento Semilla, representantes de dicha agrupación política entregaron este martes 29 de agosto ante el Tribunal Supremo Electoral un recurso de nulidad en contra de la resolución emitida por Ramiro Muñoz del Registro de Ciudadanos (RC).

A criterio de Juan Gerardo Guerrero, fiscal nacional de Semilla la suspensión de la personalidad jurídica de su agrupación política es ilegal y señaló que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) dictó una sentencia de amparo en favor de su partido.

📷 Emmanuel Pixab

El juez séptimo penal Fredy Orellana emitió una resolución, amparándose en la Ley Contra la Delincuencia Organizada, para suspender la personalidad jurídica de Semilla. Sin embargo, un fallo de la CSJ dice que la personería jurídica de Semilla no puede ser suspendida hasta que finalice el proceso electoral (31 de octubre).

Según expertos, la suspensión provisional de Semilla no debería afectar la adjudicación de cargos. Suspensión no es sinónimo de cancelación, se refiere más bien a un veto en donde el partido no tiene permitido realizar asambleas ni actuar administrativamente, pero sigue existiendo por lo que no debería afectar la adjudicación de cargos para el binomio presidencial.